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La Guardia Civil de Hellín inmoviliza a un autobús, cuyo conductor dio positivo por drogas

El conductor del autobús inmovilizado dio positivo a los tests de cocaína y benzoilecgonina

• El denunciado, que transportaba 45 viajeros, tampoco había respetado el descanso diario reglamentario

Efectivos del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Hellín, pertenecientes al Subsector de Tráfico de Albacete, en el marco de un operativo de control de vehículos de transporte de mercancías y viajeros han denunciado al conductor de un autobús, de 58 años de edad y vecino de Cartagena (Murcia), quien tras someterse a un control de detección de alcohol y sustancias psicotrópicas arrojó un resultado positivo a cocaína y benzoilecgonina.

Actuaciones
Los agentes de la Benemérita que formaban parte del dispositivo policial, en la carretera N-301 (Madrid-Cartagena), dieron la señal de alto al conductor de un autobús en el que viajaban 45 personas.

Tras observar que esta persona había cometido una infracción al Reglamento de Transportes, por no realizar el descanso reglamentario, sospecharon que podría haber consumido algún tipo de sustancia psicotrópica por lo que procedieron a realizarle las oportunas pruebas, las cuales, tras su análisis, arrojaron resultado positivo con presencia de cocaína y benzoilecgonina en el organismo.

A raíz de estos hechos, el autobús fue trasladado para mayor comodidad de las 45 personas que transportaba, a un área de servicio próxima, donde quedó inmovilizado, permaneciendo los viajeros en dicho punto por espacio de dos horas hasta la llegada de un nuevo autobús de la misma empresa de transportes en el que continuaron viaje hasta el destino programado.

Infracciones al Reglamento de Transporte y a ley de Seguridad Vial

El conductor del autobús fue denunciado por sendas infracciones, al Reglamento de Transportes, por no realizar el descanso reglamentario, y a la Ley de Seguridad Vial, por conducir un vehículo con presencia en el organismo de sustancias psicotrópicas.

Esta última infracción se encuentra tipificada en el artículo 14 de la Ley de Seguridad Vial, que estable una sanción económica de 1.000 €, además de la detracción de 6 puntos del permiso de conducción.

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